COMISIÓN DE SERVICIOS

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO

El Reglamento para el otorgamiento de becas, licencias, comisiones de servicio y periodo sabático, destinados al perfeccionamiento del personal académico de la Universidad Nacional de Chimborazo, en su Artículo 60 hace referencia a las comisiones de servicios con o sin remuneración, que, además de los casos establecidos en la Ley Orgánica de Servicio Público, se podrá conceder comisión de servicios con o sin remuneración al personal académico titular, profesor o investigador de la UNACH, con sujeción a las necesidades e intereses institucionales, para el perfeccionamiento del personal académico en los siguientes casos: 

  • Efectuar estudios de doctorado (PhD o su equivalente);
  • La realización de posdoctorados;
  • Capacitación profesional;
  • Transferencia de conocimientos; 
  • Pasantías académicas y de investigación, actualización de conocimientos, encuentros académicos, así como movilizaciones oficiales. 

La concesión de este derecho estará sujeta a las exigencias de calidad académica de las instituciones donde el profesor o investigador de la UNACH vaya a desarrollar dichos estudios.